Contratos de formación y aprendizaje

Formación dual

¿Qué es la formación dual?

La formación profesional dual es el conjunto de acciones e iniciativas formativas, mixtas de empleo y formación, que tienen por objeto la cualificación profesional de las personas trabajadoras en un régimen de alternancia de actividad laboral en la empresa con la actividad formativa recibida en el marco del sistema de Formación Profesional para el empleo o del sistema educativo.

Aspectos formativos

La formación profesional dual en el marco del sistema laboral está vinculada a un contrato de formación y aprendizaje, siendo necesaria la actividad formativa, inherente al contrato, para la obtención de:

  • un título de Formación Profesional de grado medio o superior
  • un Certificado de Profesionalidad
  • una certificación académica o acreditación parcial acumulable

También puede contener formación complementaria que esté incluida en el Catálogo de Especialidades Formativas.

La actividad formativa estará relacionada con la actividad laboral desempeñada en el puesto de trabajo que ocupe la persona trabajadora.

La actividad formativa se llevará a cabo en centros o empresas debidamente autorizados o acreditados por las administraciones educativas o laborales.

En el sistema de formación para el empleo, se podrá impartir en modalidad presencial o teleformación en los centros acreditados/inscritos y en el sistema educativo, se podrá impartir en modalidad presencial o a distancia.

Por otra parte, las personas trabajadoras contratadas estarán exentas totalmente de realizar el módulo de formación práctica de los certificados de profesionalidad o del módulo profesional de formación en centros de trabajo de los títulos de formación profesional. En ambos supuestos, los citados módulos se entenderán realizados por el trabajo en alternancia.

Aspectos laborales aplicables al contrato de formación y aprendizaje

  • Requisitos de las personas trabajadoras:
    • Entre 16 y 30 años (será de 25 años cuando la tasa de paro se sitúe por debajo del 15%). Sin límite máximo de edad para personas con discapacidad y en exclusión social.
    • Carecer de cualificación profesional reconocida para concertar el contrato en prácticas para el puesto de trabajo u ocupación objeto del contrato.
  • Duración: mínima de 1 año y máxima de 3 años. Por convenio colectivo, podrá ser de entre 6 meses y 3 años. Podrá prorrogarse hasta dos veces, sin que la duración de cada prórroga pueda ser inferior a 6 meses y sin que la duración total del contrato pueda exceder la duración máxima de 3 años.
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Procedimiento Solicitud Prórrogas (94 KB)

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  • No podrán celebrarse a tiempo parcial ni podrán realizarse horas extraordinarias ni trabajos nocturnos ni a turnos.
  • Trabajo efectivo relacionado con el perfil profesional del título de formación profesional o del certificado de profesionalidad.
  • El tiempo de trabajo efectivo máximo, compatible con el dedicado a actividades formativas, será el número de horas equivalente a los siguientes porcentajes de la jornada laboral:
 Años de contrato Primer año Segundo año  Tercer año
Tiempo máximo de trabajo efectivo 75% 85% 85%
Tiempo mínimo de formación 25% 15% 15%

 

  • Salario: el que marque el convenio colectivo, y nunca inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
  • La persona trabajadora estará protegida por todas las contingencias, situaciones protegibles y prestaciones, incluido el desempleo.

 

Incentivos para la empresa

  • Reducciones en las cuotas empresariales a la Seguridad Social:
    • 100% cuando la plantilla de la empresa sea menor a 250 personas.
    • 75% cuando la plantilla de la empresa sea igual o mayor a 250 personas.
  • Financiación de la formación:
    • Bonificación en las cuotas empresariales por un número de horas equivalente a los siguientes porcentajes de la jornada laboral:
Años de contrato Primer año Segundo año Tercer año
En general 25% 15% 15%
Beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil 50% 25% 25%

 

  • Bonificación adicional para financiar los costes de tutorización de la empresa, con una cuantía máxima de 1,5 euros por alumno/a y hora de tutoría, con un máximo de 40 horas por mes y alumno/a. En empresas de menos de 5 personas en plantilla la cuantía máxima podrá ser de 2 euros por alumno/a y hora de tutoría.
  • En Aragón, subvención de acuerdo con la normativa reguladora de fomento de la contratación. Más información
  • Agotada su duración máxima, si se transforma en indefinido, las empresas tendrán derecho a una reducción en las cuotas de la Seguridad Social de 1.500 € durante los tres primeros años, 1.800 € en el caso de ser mujer.

 

Beneficios para la persona trabajadora

  • Cualificación profesional.
  • Reducción del 100% de la cuota de la Seguridad Social de la persona trabajadora.
  • Total protección social, incluido el desempleo.

Solicitud de autorización de la actividad formativa

La actividad formativa del contrato para la formación y el aprendizaje tiene que ser autorizada previamente a su inicio por la correspondiente Dirección Provincial de INAEM cuando el centro de trabajo de la empresa esté ubicado en Aragón.

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Manual de usuario (1,8 MB)

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La persona solicitante de la autorización de inicio deberá estar en posesión de un certificado electrónico o eDNI.

Una vez autorizada la actividad formativa vinculada al contrato de formación y aprendizaje, desde el propio registro electrónico se podrá descargar el acuerdo para la actividad formativa. Este acuerdo tendrá que ser suscrito por la empresa, el centro de formación y el alumno/a-trabajador/a.

Con una antelación mínima de tres días hábiles a la formalización del contrato, se presentará por registro y dirigido a la correspondiente Dirección Provincial de INAEM:

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Comunicación de inicio de actividad. Anexo I Comunicación (86 KB)

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  • Copia del acuerdo firmado por las partes.
  • Fotocopia del NIF del alumno/a-trabajador/a
  • Fotocopia del documento que acredite que el alumno/a-trabajador/a cumple los requisitos formativos y profesionales cuando el certificado de profesionalidad sea de nivel 2 ó 3.

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